Medidas por la Emergencia Sanitaria en Ecuador – Actualizado

El pasado Miercoles 11 de Marzo del presente año 2020, mediante una rueda de prensa el Presidente de la República Lenin Moreno, declaró al país en Emergencia Sanitaria. Esta decisión, fue tomada luego de que la Organización Mundial de la Salud declarara el mismo día al COVID-19 como pandemia.

Datos Curiosos sobre el COVID – 19

Es importante mencionar que el término pandemia hace referencia según la RAE (1) a una enfermedad epidémica que se extiende a muchos países.

Por tanto, con el fin de evitar la fácil expansión de este virus, que hasta el 15 de marzo, llevaba 167 449 infectados en más de 120 países alrededor del mundo. El Ecuador ha decidido tomar una serie de medidas extremas, al igual que otros países con el fin de evitar su propagación.

Al final, de esta publicación encontrarás un vídeo con las últimas medidas para evitar la propagación de virus

Medidas tomadas por la Emergencia Sanitaria

A continuación se detallarán algunos de las medidas tomadas por el presidente de la república en orden cronológica.

Nueva Restricción de Circulación Vehícular

A partir del sábado 28 de marzo, se da inicio a una con una NUEVA restricción para la circulación vehícular. La cual cuenta con las siguientes características:

  • Los días lunes y viernes, solo podrán circular los vehículos cuya placa terminen en 1,2 y 3.
  • Martes y sábados circularán aquellos vehículos cuyo último dígito es 4, 5 y 6.
  • Miércoles y domingos solo serán para los números 7, 8 y 9.
  • Finalmente los días lunes y jueves podrán circular los vehículos cuya placa termine en 0.

Emergencia Sanitaria – Miércoles 11 de marzo 2020

A partir de declarar la Emergencia Sanitaria, se tomaron algunos medidas, las cuales entraron en vigentes el 12 de marzo. Dentro de ellas estaban:

  • Medidas de prevención y control en los Puntos de Ingreso al país. Para ello todos aquellos pasajeros provenientes de países como China, Corea del Sur, España, Francia, Italia, Alemania e Irán, deberán estar en aislamiento 14 días. Días después también se agregaron a esta lista los países de Dinamarca, Noruega, Países Bajos, Suecia, suiza y Estados unidos.
  • Restricción de eventos públicos masivos de más de 1000 personas.
  • Suspensión de las clases de todos los niveles. Con ello se habilitaron algunas plataformas con el fin de cumplir con actividades escolares.
  • Suspensión de eventos relacionados por la semana santa: misas y procesiones.

Limitación de ingreso al país y restricción de actividades públicas – Sábado 14 de marzo

Después de declarada la Emergencia Sanitaria, el Comité Nacional de Operaciones de Emergencia – COE, instalado en Quito, intensificó las medidas para evitar y prevenir la transmisión del COVID-19. Estas medidas se pusieron en marcha desde el domingo 15 de marzo:

  • Suspensión de entrada al país de las personas con nacionalidad extranjera tanto por vía marítima, aérea o terrestre. Para aquellos ecuatorianos que se encuentren en el exterior podrán ingresar hasta las 23:59 horas del lunes 16 de marzo. Esta restricción de entrada al país también incluye Galápagos.
  •  Se suspenden eventos masivos, incluido Semana Santa y ceremonias religiosas. De igual manera se restringe el funcionamiento de cines, gimnasios, teatros, conciertos, funciones de circo, reuniones de cualquier tipo que incluyan a más de 30 personas.
  • Se prohíben las visitan a centros gerontológicos a escala nacional.

Restricciones de movilidad interna – Domingo 15 de marzo

Una de las últimas medidas tomadas por el Gobierno nacional, fue realizada por el presidente de la república, la noche del domingo 15 de marzo. En la cual, se anunció medidas restrictivas de transporte que se aplicarán en todo el territorio ecuatoriano.

Estas medidas entrarán en vigencia desde el martes 17 de marzo, a las 6:00 a.m. De forma general la circulación de personas y vehículos en vías públicas está restringida, y se permitirá única y exclusivamente para las siguientes actividades:

  • Adquirir alimentos, artículos de primera necesidad y productos farmacéuticos
  • Asistir a centros de salud.
  • Para el traslado al trabajo y domicilio.
  • Cuidado de adultos mayores, personas con alguna discapacidad o enfermos graves.
  • Abastecimiento de combustible.
  • En caso de razones de fuerza mayor o emergencia.

Por otro lado, también se estableció que quedan suspendidas las actividades comerciales de aquellos establecimientos que concentren más de 30 personas, excepto lo que comercializan artículos de primera necesidad. Por tanto, quedan suspendidas las actividades de restaurantes y cafeterías.

Adicionalmente, el presidente Moreno, reiteró que las clases continúan suspendidas. Y que tanto maestros como alumnos deben quedarse en casa.

Se Declara Estado de Excepción – Lunes 16 de Marzo

Siguen las ampliándose las medidas para evitar la propagación del COVID-19. Ahora se declara Estado de Excepción en el País, lo que incluye a su vez lo siguiente:

  • El toque de queda a partir de miércoles 25 de marzo de 2020, se desarrolló desde las 14:00 hasta las 5:00 del siguiente día, a nivel nacional y es tanto para vehículos como personas.
  • Suspensión del transporte interprovincial y automóviles particulares, esta medida estará vigente por 14 días.
  • Se restringe la circulación para aquellas personas que se movilicen en vehículos para la compra de productos de primera necesidad del 18 de marzo al 5 de abril. Para ello solo podrán circular vehículos con placas que terminen en número Impar, los días lunes, miércoles, viernes y domingo. Mientras que los días martes, jueves y sábados podrán circular los de número Par y cero (0).
  • De forma adicional en algunos cantones se han implementado ciertas medidas para el ingreso de cuidadnos a mercados y entidades financieras. Esto por número de cédula, pero su organización va a depender de la disposición de cada municipio.

Para aquellas personas que incumplan cualquiera de las medidas mencionadas anteriormente, la sanciones van a depender según las veces que sean infringidas:

  1. Ante el primer incumplimiento de las medidas, la persona tendrá que cancelar $100.
  2. En caso de que la persona sea reincidente, y tenga un segundo llamado de atención tendrá que pagar el valor de un salario básico.
  3. Finalmente, si una misma persona es encontrada incumpliendo con las medidas sanitarias será excluido de su libertad. Es decir la sanción será la carcel.

La jornada laboral de forma presencial queda suspendida hasta el martes 31 de marzo 2020. Sin embargo esta fecha puede verse sujeta a modificaciones, pues dependerá de como se maneje la emergencia sanitaria en el país.

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Fuente:

https://www.comunicacion.gob.ec/noticias/

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